En un momento en el que se asume que la transformación digital es una prioridad a nivel
mundial, crece al mismo ritmo la preocupación por los sujetos más vulnerables, incluidos
los menores. Ejemplos son la denuncia presentada por la organización europea de
consumidores BEUC contra la plataforma TikTok por publicidad oculta y contenido
inapropiado para niños3
; en Estados Unidos la denuncia ante la Comisión Federal de
Comercio contra el canal do joven influencer Ryan Kaji por publicidad engañosa dirigida
a menores de 5 años4
; las denuncias del Instituto Alana en Brasil contra varias empresas
por publicidad infantil en YouTube5
; la nueva ley francesa sobre la explotación comercial
de menores en plataformas online (como los llamados kidfluencers)
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, junto con varios
estudios que muestran el impacto de la publicidad en el comportamiento de los niños y el
uso comercial que se hace de la información recopilada de y sobre menores.
El contexto actual es especialmente propicio para esta reflexión, teniendo en cuenta las
prioridades de la Nueva Agenda Europea del Consumidor 2020-20257
, el paquete de
directivas que se transpone en el ámbito de la estrategia para el Mercado Único Digital y la reciente Carta Portuguesa de Derechos Humanos en la era digital, que incluye el
bienestar de los niños en el ciberespacio.